¿Cómo denunciar a tu empresa y reclamar tus derechos laborales?

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En el caso de que, como trabajador de una empresa, quisieras demandar a tus contratadores para hacer valer algún derecho laboral que no ha sido respetado, necesitarás aliarte a un buen abogado que te asesore durante los diversos pasos del proceso debido a su complejidad y lo delicado del trámite.

Sin embargo, hemos elaborado una guía con todo lo que necesitas saber para que puedas informarte de buena fuente sobre lo que te espera al iniciar el proceso. Sigue leyendo.

Comunicación a los representantes de los trabajadores dentro de la empresa

Los trabajadores tienen varias opciones para reclamar sus derechos. La primera a explorar es una que, de hecho, suelen tener en cuenta muy pocas veces, pero que si es bastante efectiva; y se trata de acudir a la ayuda de los representantes de los trabajadores en la empresa. Y es que son ellos los encargados de controlar que se cumplan los derechos y obligaciones laborales de los trabajadores y que en la mayoría de los casos, cuentan con el apoyo de los sindicatos, quienes pueden poner en marcha otro tipo de actuaciones para denunciar las infracciones.

Además, la comunicación ante estos organismos representativos dentro de la empresa (comité de empresa, delegados sindicales y delegados de empresa) es una fórmula de dejar constancia del incumplimiento empresarial dentro del centro de trabajo. 

Así, una vez se acuda a la representación legal de los trabajadores, ellos se encargarán de advertir sobre las irregularidades, e intentará llegar a una solución dentro de la organización interna de la empresa.

Denuncia ante la inspección de trabajo

La segunda opción que tienen los trabajadores es acudir a la inspección de trabajo, sobre todo en los casos en donde, por ejemplo, se está trabajando sin estar dado de alta en la Seguridad Social o en un centro de trabajo sin medidas de protección…

La inspección de trabajo tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las leyes en materia de Derecho laboral y Derecho de la Seguridad Social, siendo lo mejor de esta opción la posibilidad de hacer la denuncia de forma anónima a través del buzón del fraude creado al efecto. 

Una vez hecha la denuncia ante la inspección de trabajo puede acabar con un acta de infracción para la empresa en la que se le impone una sanción, además de la obligación a cumplir o respetar un determinado derecho.

Eso sí, cabe acotar que, en cualquier caso, la decisión de la inspección siempre podrá ser recurrida por la empresa ante los tribunales. En otras palabras, aunque la inspección de trabajo considere que el trabajador tiene razón, la empresa podrá impugnar la decisión y recurrir a un juez para que sea él quien tenga la última palabra.

La desventaja que presenta estas alternativa es que,  el inspector correspondiente puede que, por falta de tiempo o cualquier otro motivo, no pueda investigar a fondo la denuncia presentada y no considere que existe incumplimiento aunque si exista, obligando al trabajador a proceder al ámbito judicial para hacer valer sus derechos.

Reclamación ante los juzgados

Así llegamos a la opción delos tribunales de lo social. Esta opción es la única posible en determinadas reclamaciones, como puede ser la reclamación de cantidad o la impugnación de un despido o de una sanción.

Pero, además de ser la única posible en determinadas reclamaciones, también esla opción más recomendable, ya que al presentar la demanda podemos a exponer los hechos y las pruebas que estimemos pertinentes ante un juez y que nos ayuden a defender nuestro caso.

Eso sí, debes tener en cuenta que no es posible realizar una demanda anónima ante los tribunales, sino que siempre habrá que indicar quien demanda y el derecho o derechos que se reclama a la empresa.

Pasos para introducir tu demanda ante un jurado

El equipo de procuradores de Sevilla Flores nos explican que la mayoría de las reclamaciones judiciales van precedidas de manera obligatoria de la presentación de una papeleta de conciliación laboral.

Esta papeleta se presenta ante el servicio de mediación arbitraje y conciliación dependiente de la Comunidad Autónoma, las cuales varían en función de las mismas y puedes encontrar por Internet.

Llegados a este punto, cabe mencionar que para la papeleta de conciliación y la demanda no es necesario abogado, y si el trabajador así lo desea, puede defenderse a si mismo sin tener que invertir en servicios de asesoría legal. Además quetampoco existe la condena en costas para el trabajador. Es decir que aunque el juez no de la razón al trabajador, este no tendrá que pagar ningún nada a la parte contraria por los gastos sufridos.

Por último,el cumplimiento de losplazos de la reclamación es fundamental dentro de cualquier proceso:

  • Se tendrán 20 días hábiles para impugnar un despido, sanción, movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • Y un año para aquello que no se haya establecido un plazo, principalmente, reclamación de salarios, solicitud de extinción de la relación laboral por movilidad geográfica o modificación sustancial de las condiciones de trabajo, acoso laboral.

El primer paso en el proceso consiste en la  presentación de la papeleta de conciliación laboral, para lo cual se recomendará haber intentado una conciliación previa antes de presentar una demanda judicial.

Al momento de presentar la papeleta debemos asegurarnos que cumpla con las siguientes características:

  • El trabajador puede presentar la papeleta en el lugar de prestación de servicios, o en su defecto, su domicilio o el de la empresa.
  • La papeleta de conciliación debe de contener la siguiente información:
    • Identificación de cada parte: DNI del trabajador, CIF de la empresa, domicilio social de la empresa, y domicilio del trabajador.
    • Fecha y firmada por quien intente la conciliación.
    • Descripción de la relación laboral del trabajador con la empresa, en la que se indique lugar y clase de trabajo, antigüedad, categoría profesional y salario.
    • Enumeración clara y concreta de los hechos y de las reclamaciones planteadas; y en el caso de la impugnación de un despido, su fecha y causa justificativa.
    • Indicación de si el trabajador va a asistir acompañado de abogado.
  • Se deben de presentar tantas copias como partes hayan en el procedimiento, y dos más; una para el registro y otra para el servicio de conciliación.

Te recordamos que los acuerdos que se hayan alcanzados en el acto de conciliación tienen la misma fuerza que una sentencia, y en caso de incumplimiento, se podrá solicitar su ejecución en los tribunales. Mientras que los salarios acordados en el acto de conciliación que no sean abonados por la empresa serán cubiertos por el FOGASA, no obstante, debes tener en cuenta que no ocurre lo mismo con las indemnizaciones por despido.

El segundo paso sería la presentación de la demanda ante el juzgado de lo social, lo cual ocurrirá si ha celebrado el acto de conciliación sin alcanzar un acuerdo o que la empresa no se hubiera presentado al acto de conciliación.

Las características más importantes de la presentación de la demanda y su procedimiento son:

  • Antes de la vista del juicio, cinco minutos antes, se hará un último intento de conciliación ante el letrado de la administración, también conocido como el secretario judicial.
  • Se deberá aportar junto con la demanda el justificante del resultado del acta de conciliación o mediación. En caso de no tenerlo, se deberá de aportar en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la notificación.
  • Con carácter general el lugar donde se debe de presentar la demanda será el del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandado, a elección del demandante.
  • La demanda se formulará por escrito y deberá de contener la siguiente información:
    • Designación del órgano ante quien se presenta, así como la modalidad procesal a través de la cual se debe de realizar la demanda.
    • Datos del demandante y del demandado: Nombre o razón social, DNI o CIF y lugar a efectos de notificaciones.
    • Datos del trabajador, tipo de contrato laboral, jornada, antigüedad, salario, grupo profesional y convenio colectivo de aplicación.
    • Enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que verse la reclamación y todos aquellos relevantes para resolver el procedimiento.
    • En caso de que se impugne un acto, fecha de efectos de la medida así como la notificación realizada por la empresa. En caso de que ésta fuera por escrito, es recomendable adjuntarla con la demanda.
    • Indicación de si el trabajador ostenta o ha ostentado en el último año el cargo de representante legal de los trabajadores o sindical de los trabajadores.
    • Fecha y firma
  • La contestación por parte de la empresa se realiza en el mismo acto del juicio, así como la práctica de la prueba.

Luego, aunque el plazo varía mucho entre juzgados y procedimientos, normalmente la sentencia se dicta en un plazo de una semana, y la misma podrá ser recurrida mediante un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.

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