El nacimiento de un bebé es uno de los días más importantes en la vida de cualquier madre o padre, pero lo cierto es que pasada la euforia (y el efecto de la epidural) hay que atender a una serie de gestiones que se deben realizar para inscribir a un niño en el Registro Civil, y ojo que andamos con plazos que son de perentorio cumplimiento. Cuando se produce el nacimiento de un niño, una de las preguntas que se hacen los padres son los trámites que deben ser realizados.
En nuestro caso tuvimos que ponernos en manos de bbtramit.com/es, que primero nos asesoraron sobre el gran número de preguntas que teníamos y luego ya decidimos ponernos en sus manos, porque con los trabajos y el cuidado del nene se hacía complicado hacer todo. Pero eso no quita que tenas que saber qué trámites tienes que realizar
¿Cuáles son los trámites a realizar después del nacimiento?
- La inscripción del nacimiento
Se produce el asiento registral que lo extiende el Registro Civil, dando fe de que se ha producido el nacimiento. Este es un trámite que se hace de manera presencial en el registro o en el propio hospital.Se debe hacer en las primeras 72 horas de vida del recién nacido.
Solicitud del certificado de nacimiento
Una vez hecha la inscripción se tiene que hacer la solicitud del certificado que lo acredita. Si se fue al Registro Civil, es posible solicitarlo en el mismo momento que se completó el documento de inscripción en el centro hospitalario. Desde el registro se envía el certificado vía correo o electrónica.
- El Empadronamiento
Hay municipios en el registro civil donde se comunica al consistorio, de manera que se produce la inscripción al pequeño en donde viven los padres o la mamá.
De no hacerlo hay que ir al ayuntamiento con el certificado del registro o el libro de familia con su DNI y la copia de quien que se encargue de inscribirlo.
- Inscripción del quien acaba de nacer en la Seguridad Social
El trámite es preciso para que el niño cuente con derecho para tener asistencia sanitaria. Aquí se da de alta al pequeño como beneficiario de la cartilla de los padres.
La inscripción es posible hacerla mediante correo postal, de forma electrónica con DNI electrónico, certificado digital o Clave permanente o de manera presencial.
- Solicitud de la tarjeta sanitaria
En cuanto se hace la inscripción de la Seguridad Social es necesario ir al centro de salud que corresponda por domicilio.
- Empresa
En el caso de que la madre trabaja para una empresa tiene que llevar a la compañía a la que se dedique el preceptivo documento donde se informa de la maternidad que vaya a expedir la persona facultativa del servicio de salud.
Si sucede que la mamá se encontró de baja las semanas antes al parto tiene que aportar el alta que le pueda corresponder.
Luego, la compañía tiene que dar un certificado que se cumplimente y que se selle para así poder llevarlo a las oficinas de la Seg. Social l de cara a la solicitud de esa prestación.
Si se es autónomo, no hace falta el certificado de empresa, puesto que el INSS ya cuenta con los datos.
Prestación por maternidad o paternidad. En el caso de que solicitud de prestación por paternidad es preciso el documento de identidad, el libro de familia, o documento de inscripción en el Registro Civil, además certificado de empresa donde se informe de la baja y el informe de maternidad hay casos en los que hay que mostrarlo.
Si se hace solicitud por parternidad, hay que pedir también el certificado de la empresa y también el parte de alumbramiento.
Estamos también ante un paso que se puede hacer en el portal de “Tu seguridad social” con el que puedes hacer con el DNI electrónico.
- Deducción por maternidad
Las madres trabajadoras tiene su deducción de cien euros mensuales del impuesto sobre la renta hasta que el niño llegue a cumplir tres años.
Las deducciones es posible solicitarlas antes para su percepción mensual o se va a aplicar en el momento que se vaya hacer la declaración de IRPF.
Las presentaciones es posible hacerlas de manera telemática o vía correo que se dirija a la AEAT de manera tributaria, telefónica, o entregándose de directamente en cualquier Delegación o Admón perteneciente a la A. Tributaria.
Hay diversas CCAA y consistorios puede que se establezcan algunos tipos de ayudas en cuestión después del nacimiento del bebé.
Conclusiones
Esperamos que te haya quedado bien claro que es un trámite que no es que sea el más sencillo precisamente y te conviene ponerse en manos de profesionales, puesto que al final uno termina perdiendo tiempo, tanto en entenderlo como en ir a los diferentes sitios.
Así que ya sabes, solo tienes que confiar en una buena empresa que lo haga por ti y te evitas problemas, porque el tiempo de uno no tiene precio, eso siempre debes tenerlo muy en cuenta.